Legislativo

Exhortan a la Semovi a implementar acciones para el traslado seguro de materiales pétreos y de construcción

REDACCIÓN Comunicado
PUBLICADO 8 de abril de 2026

Se busca que las y los conductores cumplan con su obligación de cubrir adecuadamente materiales como arena, grava y piedra durante su transportación

San Raymundo Jalpan, Oax., a 08 de abril de 2026.- Con el objetivo de implementar acciones que fortalezcan la seguridad vial y protejan la integridad física de la población, el Congreso del Estado aprobó un exhorto dirigido a la titular de la Secretaría de Movilidad (Semovi), Yesenia Nolasco Ramírez, para que de manera coordinada con la Dirección de la Policía Vial Estatal y las direcciones de policías municipales realicen las acciones necesarias para que las y los conductores, durante el traslado o transportación de materiales pétreos o de construcción, los cubran a fin de evitar su dispersión o daños a terceros.

Este Punto de Acuerdo presentado por la diputada Antonia Natividad Díaz Jiménez, del Grupo Parlamentario Plural, también señala que, al término del recorrido o descarga de los materiales, se eliminen los residuos del contenedor o la caja del vehículo de transporte.

De acuerdo con la legisladora, el traslado inadecuado de arena, grava, piedra o balasto representa un riesgo constante en la vía pública, al propiciar accidentes, obstrucciones y afectaciones a otros conductores, además de incidir negativamente en el entorno ambiental y en el estado de la infraestructura vial.

Indicó que es indispensable que las unidades de carga cumplan con las disposiciones legales vigentes, cubriendo totalmente los materiales transportados para prevenir incidentes como la rotura de parabrisas o la pérdida de tracción.

Asimismo, destacó que la eliminación de residuos al término de cada recorrido contribuye a preservar la limpieza urbana, disminuir riesgos y fomentar condiciones más seguras para la movilidad.

Por su parte, la Comisión Permanente de Movilidad y Transportes señaló que el exhorto se sustenta en lo establecido en el artículo 104 de la Ley de Movilidad del Estado de Oaxaca y el artículo 100 de su reglamento, que prohíben el transporte de carga sin las medidas adecuadas de sujeción.

En este sentido, el dictamen enfatiza que la Semovi cuenta con atribuciones para retirar de circulación a las unidades que incumplan con las condiciones técnicas y de seguridad, además de promover prácticas responsables entre los prestadores del servicio de transporte de carga.

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